El 24 de abril, durante la Conferencia, las cuatro principales potencias aliadas, Gran Bretaña, Francia, Italia y Japón, representadas por sus primeros ministros las primeras y Japón por su embajador, D.L. George, A. Millerand, F. Nitti y K. Maysui, con EEUU como observador, aprueban una resolución, conocida como la Resolución de San Remo, que se publica el 25 y algunos califican como la ‘Carta Magna’ de Israel.

La Resolución, conformada a partir de la Declaración de Balfour de 1917 y el pacto del artículo 22 de la Liga de Naciones, constituye el documento fundamental sobre el que luego se establece el Mandato Británico para Palestina.

El 30 de junio de 1922, la Resolución es aprobada por las dos cámaras del Congreso en Estados Unidos, que el Presidente Warren G. Harding firmaría el 21 de septiembre:
“Estando a favor del establecimiento en Palestina de un hogar nacional para el pueblo judío.
El Senado y la Cámara de Representantes de los Estados Unidos de América reunidos en sesión conjunta ha resuelto: “Que los Estados Unidos de América están a favor del establecimiento en Palestina de un hogar nacional para el pueblo judío, en el bien entendido de que no deberá hacerse nada que perjudique los derechos civiles y religiosos de los cristianos y de otras comunidades no judías en Palestina, y de que los Lugares Sagrados y los edificios y lugares religiosos en Palestina deberán ser adecuadamente protegidos.”
La Resolución acuerda el establecimiento de un “hogar nacional para el pueblo judío” en Palestina; mediante un “asentamiento cerrado” de judíos, como luego diría el Mandato para Palestina. No fija las fronteras de Palestina, que también se precisan después al constituirse el Mandato: “desde Dan a Beersheba”.
Tras su adopción, la Resolución de San Remo se incluyó en el Tratado de Sèvres de 20 de agosto de 1920, que no entra en vigor al no ser ratificado por el Gobierno turco después de que Kemal Ataturk tomara el poder.
Con la Resolución de San Remo, Palestina se convierte, por primera vez en la historia, en una entidad jurídica y se suprimen los acuerdos anteriores que afectaban a la región, incluido el acuerdo Sykes-Picot de 1916.
Palestina se colocaría bajo mandato (fideicomiso); mas adelante se determinó que el fideicomisario fuera Gran Bretaña, como se había previsto desde el principio;
incorpora la Declaración Balfour, con la obligación de aplicarla, convirtiéndola así en un acto de derecho internacional, que otorga al pueblo judío la soberanía de iure sobre Palestina; y los árabes reciben equivalentes derechos nacionales en Siria (con el actual Líbano incluido) y Mesopotamia (actual Irak), también sujetos a mandato.
Hoy la Resolución de San Remo sigue siendo relevante para entender el status de Israel bajo la ley internacional, junto al nacimiento del sionismo moderno liderado por Theodor Herzl, 1897 junto con la Declaración Balfour de 1917, donde Gran Bretaña “considera favorablemente el establecimiento en Palestina de un hogar nacional para el pueblo judío.” (expresión de la política exterior británica). Según esta Resolución se otorga al Pueblo Judío la soberanía de iure sobre la Tierra de Israel y Palestina.
Estos documentos internacionales reconocieron los derechos del Pueblo Judío a la tierra de sus antepasados.
El Fideicomisario será responsable de aplicar la declaración originalmente hecha el 8 de noviembre de 1917, por el Gobierno Británico, la Declaración Balfour, y será adoptada por las demás Potencias Aliadas, en favor del establecimiento en Palestina de un hogar nacional para el pueblo judío, ello en el bien entendido de que nada será hecho que pueda prejuzgar los derechos civiles y religiosos de las comunidades no judías existentes en Palestina, o los derechos y el status político que disfrutan los judíos en cualquier otro país.