En los medios fue noticia (y causó revuelo en la Comunidad) el anuncio de una boda judía que realizaría una rabina del movimiento masortí de la Argentina, entre dos personas del mismo sexo, y en la que uno de los integrantes no es judío. La rabina en cuestión desmintió la noticia y dejó en claro que nunca había aparecido esa posibilidad.
¿Permite el judaísmo el casamiento interconfesional? ¿Se puede consagrar la unión de parejas del mismo sexo? Para respondernos sobre estas cuestiones, conversamos con la rabina Diana Villa, quien, desde Israel, se refirió a estos temas: “El Movimiento Conservador no autoriza casar parejas de distintas religiones, (se debería hacer primero una conversión) y hacerlo, es una de las causales para ser expulsado de la Asamblea Rabínica; me imagino que la rabina Chemen no lo haría”, señaló.
Respecto de los casamientos entre personas del mismo sexo, dijo que la ley judía no los autoriza, pero destacó que el Movimiento Conservador ha desarrollado otro tipo de ceremonias para marcar la unión en esos casos, que no puede ser la misma ceremonia, la que se denomina “jupá be kidushim”, con santificación, consagración, como se hace con una pareja heterosexual, pero que “hay colegas que hacen algo similar a un casamiento, (ambos deben ser judíos) que es marcar esa unió en una ceremonia distinta”.
“Es un tema problemático” expresó y recordó que hasta hace algunos años el movimiento masorti no autorizaba la ordenación de rabinos homosexuales, cree que tardaron como veinte años en decidirse, pero que apenas se autorizó, de a poco, todos los seminarios lo fueron haciendo.
En cuanto al tema de los casamientos, cuenta Villa que eso fue objeto de mucha presión, en especial en Estados Unidos, donde hay un lobby muy fuerte respecto de los derechos de los homosexuales, que hubo siempre rabinos que hacían algún tipo de ceremonias, y que lo siguen haciendo, hoy está más aceptado” Asimismo dijo que es un tema un poco problemático y explicó el porqué: “El sexo anal, que es lo que uno marca en una pareja homosexual entre dos hombres, es una prohibición bíblica, entonces la respuesta rabínica que lo pueda autorizar va ‘suponer’ que esa prohibición no la trasgrede”, pero dijo que es muy difícil entrar en la intimidad de las parejas para saber cómo se relacionan sexualmente.
Acerca de si pueden las leyes adaptarse a los tiempos, explicó la rabina Villa, que en el judaísmo existen leyes bíblicas y leyes rabínicas, las bíblicas no se pueden abrogar, aunque a veces se pudo “trabajar alrededor de esa ley, sin abolirla”, que hay decisiones rabínicas, a través de los años que tratan de hacerlo, y que hay también quienes tratan de interpretarla de otra manera, pero que las reglas del judaísmo rabínico indican que uno inscribe la ley tal como fue codificada en el Talmud y de allí en adelante y que uno no vuelve a las leyes bíblicas y las reinterpreta.
“En el texto bíblico, dice que es una ‘abominación’ -cuando se describen todas las relaciones prohibidas-la relación homosexual entre dos hombres, (hay una prohibición para mujeres homosexuales, que es menos grave) y eso no se puede abrogar”, indicó. Y dijo que en el judaísmo reformista se puede dar el caso de que tomen la ley para estudiarla, porque les resulta interesante saberla, y luego decidan, porque ella no coincide con sus propios valores éticos, o su visión de la vida, renunciar a cumplirla, pero el movimiento conservador dice que está obligado por la ley acatarla, que tiene más flexibilidad en la interpretación que la ortodoxia, pero que no existe la posibilidad de decidir cumplirla o no.
De todos modos, precisa Villa, la ley siempre se siguió desarrollando como en cualquier otro sistema legal, “no podés decir que, porque la Constitución se escribió en 1853, ahora no habría que escribir ninguna otra ley, porque todo está contemplado allí, sería absurdo”. Lo mismo ocurre con lo que está en el Talmud, comparó, “no puede decirse que está todo contemplado”; explicó que tampoco es correcto porque hay temas nuevos, y temas que existían, pero en circunstancias totalmente distintas, por ello está contemplado dentro de la Halajá, que ante ciertas circunstancias, la ley sigue desarrollándose. Dijo que hay distintas categorías dentro de la ley: las bíblicas que tienen una autoridad mucho más fuerte, son más antiguas y es mucho más difícil dejarlas de lado, puede haber a veces una abrogación temporaria en situaciones muy extremas, pero no se las puede anular. Hay otras leyes que son rabínicas, que, aunque no se anulan, se pueden interpretar. Y agregó que también, hay otro tipo de reglas de menor categoría, cuando se quiere proponer un cambio en la ley, pero que para ello, se debe hacer un estudio profundo, que es lo que se llama “responsa rabínica” que consiste en buscar todos los antecedentes desde el Talmud hasta nuestros días, tomar en cuenta las nuevas circunstancias, si hay nueva información por el desarrollo de la ciencia o si se descubre algo nuevo por la arqueología, o cualquier otra serie de conocimientos que nos pueda ayudar a tomar una nueva decisión, se toma todo en cuenta, pero que enfatizó, que ello se debe realizar dentro del sistema y dentro de la metodología de la Halajá.
“Si estás dentro del sistema de la ley rabínica, tenes que atenerte a la metodología y a las reglas que ese sistema exige”, concluyó.
Radio Jai