Quiero compartir con ustedes una decisión del ejecutivo israelí que genera inquietudes jurídicas de fondo, más allá de las posiciones políticas. Se trata de disposiciones vinculada con la ciberseguridad, pero que plantea interrogantes profundos sobre la relación entre poderes del Estado, el uso de las medidas de emergencia y el respeto al debido proceso legislativo.
Hace pocos días, el gobierno israelí aprobó un conjunto de regulaciones de emergencia en materia de ciberseguridad sin pasar por el procedimiento legislativo regular en la Knéset, es decir, el Parlamento israelí. Lo hizo a pesar de que existía un proyecto de ley en trámite sobre el mismo tema, y también en contra de la opinión expresa de la Asesora Jurídica del Gobierno, la Dra. Gali Baharav-Miara.
¿Qué ocurrió exactamente?
El gobierno alegó que, por razones políticas, no podía avanzar en el corto plazo con la aprobación de la ley en el Parlamento. La Comisión de Defensa y Asuntos Exteriores, donde debía tratarse el proyecto, no convocó a debates y priorizó otros temas. Frente a este estancamiento, y dada la urgencia de dotar a organismos como la Agencia Nacional de Ciberseguridad, el servicio de inteligencia interna (Shabak) y el organismo de seguridad del Ministerio de Defensa (Malmab) de herramientas legales para responder a amenazas cibernéticas, se optó por una vía alternativa: aprobar directamente las regulaciones por la vía del decreto de emergencia.
Esto se hizo mediante un procedimiento excepcional: una votación telefónica entre ministros, sin deliberación parlamentaria. Técnicamente, se trató de la renovación de regulaciones de emergencia por un mes más, algo previsto en el derecho israelí, pero cuya utilización está limitada a situaciones de emergencia real, cuando el Parlamento no puede funcionar. Aquí se encienden varias alarmas jurídicas.
La asesora legal del gobierno lo expresó claramente: la imposibilidad política de aprobar una ley no justifica el uso de decretos de emergencia, que son la herramientas más excepcionales del derecho administrativo israelí. Su utilización en este contexto –dijo la Dra. Baharav-Miara– viola el principio de separación de poderes y sienta un precedente muy problemático.
Si se habilita el uso del mecanismo de emergencia cada vez que el gobierno enfrenta un obstáculo político, se corre el riesgo de erosionar la democracia parlamentaria. El Ejecutivo no puede legislar por decreto simplemente porque el Legislativo no le da los votos.
En términos jurídicos, el problema no es el contenido de la norma –que puede ser perfectamente razonable ante la amenaza de ciberataques– sino la forma en que se la adopta. El derecho constitucional israelí, al igual que el argentino, sostiene que las normas deben emanar del órgano competente y conforme al procedimiento establecido. En este caso, el órgano competente para legislar es la Knéset, no el gabinete de ministros reunido por teléfono.
Además, se abre la puerta a un uso más amplio y peligroso de esta herramienta en otros contextos, incluso en períodos electorales. En la historia del derecho está lleno de ejemplos donde normas de emergencia terminaron debilitando las instituciones democráticas, especialmente cuando se repiten en contextos de fragilidad política.
Esto no quiere decir que un país no pueda tener mecanismos excepcionales para situaciones excepcionales. Pero precisamente por su fuerza, esas herramientas deben aplicarse con prudencia, proporcionalidad y control. De lo contrario, se transforman en atajos que desdibujan los límites entre los poderes del Estado.
Hay que destacar que a pesar de sus desacuerdos recurrentes con el Gobierno, la propia Asesora Jurídica del Gobierno participó en la redacción del marco legal de ciberseguridad, reconociendo su necesidad. Pero cuando se desvió el proceso institucional para imponerlo por decreto, no dudó en marcar el límite.
DR. DARIO SYKULER – ABOGADO MATRICULADO EN ARGENTINA E ISRAEL – DIRECTOR SECRETARIO DE LA CÁMARA DE COMERCIO ARGENTINO ISRAELÍ
