La reciente aprobación de una ley que introduce la pena de muerte como castigo por defecto para determinados casos de terrorismo marca un punto de ruptura en la política penal israelí. No es un giro menor ni una medida meramente simbólica, en términos estructurales se trata de una redefinición del equilibrio entre seguridad, justicia y legitimidad estatal. Y ese equilibrio; en un entorno como el israelí, no es un asunto técnico sino existencial.
Israel enfrenta una amenaza real, persistente y multiforme, no es un escenario hipotético ni de un debate académico sobre criminalidad ordinaria, porque el terrorismo, en sus distintas expresiones, ha sido un componente constante del entorno estratégico del país, no se puede omitir ni relativizar.
Y es precisamente por ese contexto, que las decisiones jurídicas y políticas no pueden evaluarse únicamente desde la urgencia. En sistemas sometidos a presión constante, el riesgo no es la inacción; es la sobrerreacción que erosiona las bases que se pretende proteger. En este punto, la pregunta central no es si el Estado tiene derecho a defenderse, sino cómo lo hace sin comprometer su arquitectura institucional.
De esta manera, el argumento a favor de la pena de muerte en contextos de terrorismo suele presentarse como una herramienta de disuasión máxima, ante una lógica lineal, si el costo es extremo, la conducta debería reducirse. El problema es que esa lógica no siempre aplica en entornos donde el atacante no opera bajo una racionalidad costo – beneficio convencional, y el martirio tampoco es un tema al que en este caso los palestinos no estén constantemente bombardeados para llevar adelante acciones suicidas.
En conflictos prolongados, donde la dimensión ideológica, religiosa o identitaria pesa tanto como la instrumental, la amenaza de muerte no necesariamente va a inhibir el comportamiento, sino que, en casos como este, la refuerza, por cuanto, la figura del mártir no es una abstracción propagandística; es un recurso operativo dentro de ciertas estructuras.
Frente a esta situación se introduce una contradicción estratégica, una política diseñada para disuadir puede terminar alimentando los mecanismos de movilización del adversario y, además, cuando la pena de muerte se establece como castigo por defecto, se elimina un elemento clave del sistema penal, la graduación de la respuesta. De ese modo, ante esa rigidez puede tener consecuencias operativas, ya que un atacante que sabe que no tiene margen de supervivencia ni negociación tiene menos incentivos para rendirse, cooperar o limitar el daño, los resultados estarán frente al riesgo de más daños sobre población civil, es decir, el efecto contrario a lo que se busca evitar.
Cabe destacar que Israel no introduce la pena de muerte desde cero, la posibilidad existía en su marco legal, aunque en la práctica se había convertido en una figura casi simbólica, el problema ahora es el diseño de aplicación y lo más delicado, que estén coexistiendo dos sistemas jurídicos en un mismo espacio geográfico, la ley militar para los palestinos de la Margen Occidental (que no son ciudadanos de Israel) y la ley civil para los israelíes de los asentamientos, tomando además en consideración que las acusaciones sobre terrorismo aplican a aquellos actos que atenten contra la existencia del Estado.
Esta nueva ley convive en esa dualidad, aunque el texto legal no establezca explícitamente una distinción étnica, el efecto es claro, la obligatoriedad de la pena de muerte recae sobre tribunales que juzgan casi exclusivamente a palestinos, esto no es un matiz menor, sino el punto agravante. Un Estado puede sostener medidas de mano dura si mantiene coherencia jurídica, por lo que resulta más difícil de defender; interna y externamente, es un esquema donde la severidad del castigo depende del régimen jurisdiccional al que pertenece el acusado, ante esto el resultado es una percepción; y en muchos casos, una realidad, de asimetría estructural.
Israel ha sido reconocido a través del tiempo por su carácter democrático en un entorno regional adverso, lo cual no es solo un elemento discursivo, sino un activo estratégico, porque le permite sostener alianzas, legitimar operaciones y diferenciarse de actores que operan fuera de marcos legales reconocibles incluso dentro de la misma región, pero con los cambios políticos que ha experimentado en el tiempo que lleva en el poder la actual coalición gubernamental en Israel dominada por una corriente de derecha mucho más radical, el carácter democrático se está presentando como algo más frágil.
Estas medidas que introducen desigualdad en la aplicación de la ley erosionan el capital democrático de manera gradual pero constante. No necesariamente provocan una ruptura inmediata con aliados, pero sí aumentan el costo político de sostener esas relaciones. En un escenario donde Israel ya enfrenta presión en foros internacionales, este tipo de legislación amplía el margen de crítica, no solamente de enemigos, sino incluso de socios que, aunque alineados estratégicamente, deben responder a sus propias audiencias internas, ser democrático y a la vez intransigente con este tipo de normas es contradictorio.
Todo sistema judicial, incluso los más robustos, comete errores. La diferencia entre una condena reversible y una irreversible es fundamental. En el contexto de tribunales militares, donde los estándares probatorios, el acceso a defensa y las condiciones procesales pueden diferir del sistema civil, el margen de error adquiere mayor relevancia, en especial porque en este caso se requiere de mayoría simple, lo que limita todavía más las posibilidades de indulto o de evitar condenas contra palestinos acusados de terrorismo.
En este sentido, la pena de muerte elimina cualquier posibilidad de corrección posterior y un solo caso percibido como injusto; o incluso dudoso, puede tener un impacto desproporcionado porque puede provocar:
- Escalada de tensiones en terreno
- Movilización social
- Presión internacional
- Instrumentalización propagandística por actores hostiles
No se trata de un escenario hipotético, sino de un patrón observado en múltiples conflictos. El debate suele centrarse en la dimensión punitiva, pero hay un ángulo menos visible, que es el impacto sobre la inteligencia, porque los sistemas de seguridad no operan solo mediante la neutralización física del adversario, sino también dependen de información, cooperación, interrogatorios y, en algunos casos, incentivos.
Por lo tanto, la introducción de la pena de muerte como resultado automático reduce el margen de maniobra en esos procesos y en este caso, un detenido sin expectativa de supervivencia tiene menos incentivos para colaborar y muchos más para generar el daño colateral con mayor alcance y si a esto se suma que para el ideario del nacionalismo palestino tanto laico como religioso, el martirio alimenta el espíritu de su causa más de lo que reprime sus actos.
Es importante señalar que Israel social, política y religiosamente no es un Estado monolítico. Su sociedad está atravesada por debates intensos sobre seguridad, democracia, religión y Estado, incluyendo las discusiones sobre la situación de los asentamientos. La aprobación de esta ley no solo tiene implicaciones externas; también reconfigura equilibrios internos, refuerza a sectores que privilegian respuestas maximalistas y tensiona la relación con corrientes que priorizan la institucionalidad jurídica, esta fractura no es necesariamente inmediata, pero sí acumulativa, por lo que en un entorno de conflicto prolongado, la cohesión interna es un multiplicador de poder y cualquier acción que la debilite, puede acarrear costos que pueden ser peligrosos a mediano o largo plazo.
El otro debate existente sobre esta normativa tiene que ver con los derechos humanos donde en el caso israelí, el respeto a estándares jurídicos no es solo una cuestión normativa; es una herramienta estratégica que le permite:
- Mantener legitimidad internacional
- Reducir la capacidad de movilización del adversario
- Preservar la cohesión interna
- Limitar la escalada del conflicto
Por lo que cuando esos estándares se perciben como selectivos o inconsistentes, su valor se reduce o pierden objetividad. Mientras que, es importante señalar que criticar la medida sin proponer alternativas es insuficiente. El problema no es la necesidad de responder al terrorismo; es cómo hacerlo de manera eficaz y sostenible y esto se logra con medidas más apegadas al Estado de Derecho que es Israel.
Se requiere de una unificación de estándares jurídicos, para garantizar elementos procesales y la proporcionalidad de las penas, así como la designación de amenazas a la seguridad del Estado, por ejemplo, tan riesgoso es para la estabilidad del país el que abiertamente atenta contra los ciudadanos israelíes, como quienes incendian aldeas palestinas motivando una contra respuesta que puede ser dañina para la estabilidad.
Se debe reducir la brecha entre la jurisdicción civil y la militar, al menos en garantías procesales y en la proporcionalidad de las penas, mientras exista un modelo dual no se logra la separación entre población israelí y población que no la es y que se encuentra bajo un sistema de ocupación militar, y esto ancla a Israel a seguir decidiendo sobre la vida de miles de palestinos sin darles garantías de ciudadanía porque la situación no se aclara.
Además, la necesidad de evitar automatismos punitivos que eliminen la capacidad del sistema de evaluar contextos específicos para que no se tomen decisiones arbitrarias, así como priorizar la desarticulación de redes sobre el castigo ejemplarizante, que es inexistente en contextos de grupos que premian el martirio como algo a lo cual deberían aspirar.
Israel enfrenta un dilema estructural sobre cómo mantener su seguridad sin convertirse en una versión endurecida de aquello que combate, no se trata de un dilema abstracto, sino operativo.
Una política que sacrifica coherencia jurídica por impacto inmediato puede generar beneficios políticos de corto plazo, pero introduce costos acumulativos en legitimidad, eficacia y estabilidad. Y es que, la historia de Israel muestra que su fortaleza no ha residido únicamente en su capacidad militar, sino en su combinación de poder duro con institucionalidad sólida.
La ley aprobada sobre pena de muerte no define por sí sola el rumbo del Estado, pero sí revela una tendencia, la creciente presión por respuestas absolutas en un entorno donde las soluciones absolutas rara vez funcionan, porque el desafío no es elegir entre seguridad y derechos, esto es una falsa dicotomía. Sino que el desafío es construir un marco donde la seguridad se sostenga precisamente porque los derechos y la ley se aplican de manera consistente, y en este sentido Israel tiene la capacidad institucional para hacerlo y decidir ejercerla.
