La fuerte emigración a Israel y los derechos laborales

Hoy se publicó una nota muy interesante de la periodista Florencia Illbele en infobae sobre integrantes de la comunidad judía argentina eligen irse a vivir a Israel. Se estima que, en 2020, un total de 567 judíos argentinos hicieron aliá (emigrar). La cifra refleja un aumento del 26 por ciento con respecto al año anterior a la pandemia. A lo que agrego, que dicha opción migratoria fue posible utilizando los derechos de la ley del retorno, que constituye uno de los pilares constitucionales del Estado de Israel.
Ahora bien, buena parte de los emigrantes trabajaran en condición de FreeLancer en Israel, es decir, no en relación de dependencia. Por lo tanto, hoy nos parece muy relevante dar una breve descripción legal de la implicancia de dicha situación laboral en Israel.
La condición de FreeLancer implica la posibilidad que el empleador este exento de los costos salariales, derechos sociales como la indemnización por despido; Vacaciones; licencias por Enfermedad; etc.. Es decir que en esa condición, quien sea contratado como FreeLancer, solo recibirá un precio, sin ningún otro componente por el trabajo prestado.
Pero muchas veces, al igual que ocurre en Argentina, la figura del trabajador FreeLancer o independiente es controvertida y podría ser confundida con la de un empleado en relación de dependencia.
En ese sentido, los Tribunales laborales israelíes han fijado diferentes elementos y características para definir una relación laboral de dependencia. La comprobación principal para examinarla es la de integración en el trabajo: es decir la medida en que el empleado se integra en el sistema organizativo de su lugar de trabajo y es parte integral del mismo (aspecto positivo), o bien, si el desempeño de su trabajo se desarrolla para su propio negocio (aspecto negativo). El objetivo es examinar si el servicio que presta el empleado es singular para el que ha sido encargado su trabajo o si se trata de actuaciones que forman parte integrante de la actividad del lugar de trabajo.
La jurisprudencia israelí también reconoció pruebas adicionales para la definición de la condición laboral, como la subordinación y supervisión, la conexión personal, la conducta de las partes, la dependencia económica, la provisión de equipos y material de trabajo, la antigüedad laboral. Al igual que en Argentina, la jurisprudencia israelí señaló que el solo hecho de que un empleado presente facturas contra el pago, no constituye una razón determinante para dilucidar si el empleado es un trabajador autónomo o dependiente.
De acuerdo a una nueva jurisprudencia emitida por los Tribunales de Trabajo de Israel, se ha creado un mecanismo para definir el salario “estimado” a los efectos de fijar el monto de la compensación por la falta pago de sus derechos sociales. Pero ese mecanismo basado en el salario “estimado” también permite al empleador que pueda compensar los montos abonados de mas si logra demostrar que el salario real pagado al empleado es superior al “salario estimado”.

Darío Sykuler, abogado matriculado en Argentina e Israel y Secretario de la Cámara de Comercio Argentino israelí.

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