Tomás Farini Duggan, abogado de los familiares de las víctimas del atentado a la AMIA en la causa por la firma del Memorándum de entendimiento con Irán, explica a Radio Jai el trasfondo detrás de su pedido de recusación del fiscal Javier De Luca.
El pedido de recusación del fiscal se basa en su decisión de desistir de apelar al sobreseimiento de los imputados (entre ellos Cristina Fernández de Kirchner) en la causa por la firma del memorándum.
Farini Duggan explica que la actitud del fiscal frente a la causa no fue de sorpresa: “Nosotros ya esperábamos esta resolución del fiscal De Luca, porque en una anterior intervención [en el 2015] ya había dicho que aquí no debía investigarse porque no había delito”. Justamente por aquella posición recurrente es que se origina el pedido de recusación, dado a que el fiscal “no requirió la aplicación de la justa ley, y por lo tanto no es objetivo frente al caso, que son dos parámetros indispensables para que se mantenga a un fiscal en un caso determinado”.
“De Luca no es una persona objetiva frente al caso, porque es alguien que intento impedir que este caso precisamente fuera objeto de un proceso penal”, afirma el entrevistado, agregando que a pesar de que los fiscales no tienen el deber de imparcialidad que caracteriza al rol de los jueces, si tienen el de objetividad. Además, aclara que es muy poco común que un fiscal desista de una acción, solo viéndose casos similares en casos específicos en los que la nulidad de la causa es clara e indiscutida: “Que un fiscal desista de una acción, es algo que puede pasar, pero es muy extraño, no es lo normal”.
Sin embargo, no está claro si el pedido de recusación será aceptado, dado a que “primero hay que determinar si es un problema de criterio o de mala aplicación de la ley”, siendo solo el segundo de ellos causa de remoción. Sin embargo, también existe una tercera causa posible de recusación que no estaría siendo tomada en cuenta por la justicia: la afiliación del fiscal con la agrupación Justicia Legítima, que podría entenderse como motivo de un conflicto de intereses que dañaría su objetividad.
Por otro lado, Farini Duggan comenta que la DAIA todavía no ha tomado acción alguna en cuanto al pedido de recusación de De Luca. Agrega que, “podrían adherir al planteo, es decir, aunque no recusen, podrían manifestarse a favor de esta posición”.
El entrevistado critica fuertemente los retrasos de la justicia con respecto al caso, los cuales no se alinean con la búsqueda de justicia sino de impunidad. “Vamos a necesitar años, porque esto no va a terminar en la casación en ningún sentido, si nosotros ganamos o perdemos, […] va a terminar en la Corte [Suprema]. Y eso lleva años”.
A fines de comprender completamente los sucesos acontecidos en las últimas horas, es necesario primero conocer a grandes rasgos la historia del caso, a continuación, una breve síntesis.
La causa por la firma del Memorándum de entendimiento con la República Islámica de Irán, fue iniciada por el Fiscal Alberto Nisman, quien el 14 de enero del 2015 denunció que, el acuerdo firmado dos años antes por el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner tenía como objetivo hacer caer las alertas rojas de interpol de los iranies buscados por el atentado a la AMIA, convirtiéndolo, por lo tanto, en un intento de encubrimiento.
El 18 de enero del 2015, cuatro días después de su denuncia y un día antes de la presentación de su expediente, Nisman es encontrado muerto en el baño de su departamento en Puerto Madero, iniciando la justicia una causa paralela para determinar la causa detrás de su muerte.
A fines de febrero del 2015, el juez Rafecas desestima la causa por el memorándum alegando “inexistencia de delito”, con la aprobación de la Cámara Federal y con el apoyo del fiscal De Luca, quien decidió desistir de la apelación en la instancia de casación.
Posteriormente, la DAIA decidió presionar por la reapertura de la causa, argumentando con nuevas pruebas (surgidas en una causa paralela en la que se acusaba al ex canciller Héctor Timerman de traición a la patria), pedido que fue nuevamente desestimado tanto por Rafecas como por la Cámara Federal. Sin embargo, al llegar la causa nuevamente a Casación, la apelación fue sostenida por la DAIA, consiguiendo su reapertura y el apartamiento de Rafecas y de los jueces de la Cámara Federal que habían intervenido en su desestimación.
En base a aquello, el juez Bonadío, quien estaba a cargo del caso contra Timerman, pidió conexidad, quedando a cargo de la investigación de ambas causas. En diciembre del 2017, el juez procesó con prisión preventiva a Cristina Fernández de Kirchner, Héctor Timerman y Carlos Zannini. Kirchner quedó en libertad gracias a sus fueros por su cargo de senadora nacional, a Timerman se le otorgó prisión domiciliaria debido a que padecía de un cáncer, Zannini fue efectivamente aprisionado.
Sin embargo, la condena fue de corta duración; el siguiente revés de la causa ocurrió en febrero del 2018, cuando la causa llegó al Tribunal Oral Criminal Federal N° 8. El mismo, ordenó la liberación de Zannini y luego a fines del 2019, tras su asunción a la vicepresidencia, la revocación de la prisión preventiva de Kirchner. En la misma línea, hace un mes, aquel tribunal determinó el sobreseimiento de los imputados, nuevamente con el apoyo del fiscal De Luca, que decidió desistir de apelar, provocando que la causa retorne a casación y generando la actual polémica.
Redacción gentileza de Tomás Polakoff